SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DIA 27 DE JULIO DE 2023.
ASISTENTES:
Alcalde Presidente.
D. José Raúl Gómez Lamuedra
Concejales:
Dª Inés Gómez Diez
Dª.Cristina Larred del Amo.
D. Miguel Angel Delgado Santa Bárbara.
Dª Marta Pilar Ortego Hernández.
AUSENTE:
En la localidad de El Royo (Soria), a las veinte horas del día veintisiete de julio de dos mil veintitrés, previa convocatoria al efecto, se reunió el Pleno del Ayuntamiento de El Royo, en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, para celebrar sesión ordinaria en primera convocatoria bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. José Raúl Gómez Lamuedra y concurren los señores nominados al margen, asistidos por el Sr. Secretario D. Gregorio Casas Carretero.
Seguidamente se pasó a considerar los distintos asuntos que integran el Orden del día, respecto de los cuales se adoptaron los siguientes acuerdos:
I.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES.- Por el Sr. Alcalde se pregunta si alguno de los miembros de la Corporación quiere formular alguna observación al Acta de la sesión extraordinaria de fecha 22 de junio de 2023 y acta de la sesión extraordinaria y urgente celebrada con fecha 14 de julio de 2023. No se formularon.
II.- APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 31 NORMAS SUBSIDIARIAS DE EL ROYO, PROMOTOR D. PABLO FORERO CALDERÓN. Se da cuenta a los reunidos del Dictamen emitido por la Comisión de Urbanismo y Obras en su reunión de fecha 27 de julio de 2023:
"Se da cuneta a los reunidos del documento presentado en este Ayuntamiento para la tramitación de la Modificación Puntual nº 31 de las vigentes NNSS de El Royo. La modificación tiene por objeto modificar la situación urbanística de la parcela con referencia catastral 42257D00100085000BS, a suelo urbano "Remate trama urbana. Unifamiliar Aislada 2a". A la vista de la documentación obrante en el expediente, se hace constar que falta el informe del técnico municipal referente a la nueva documentación aportada en mayo de 2023. Los señores Concejales, acuerdan dejar en suspenso la aprobación inicial de la Modificación Puntual nº 31 y su retirada del Pleno, hasta contar con dicho informe."
El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los señores asistentes, acuerda ratificar en su integridad el Dictamen, arriba transcrito.
III.-APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 1/2023:PROGRAMA DUS 5000.-Se da cuenta a los reunidos del Dictamen emitido por la Comisión de Especial de Cuentas en su reunión de fecha 27 de julio de 2023:
"Se da cuenta a los reunidos del Expediente tramitado para la Modificación Presupuestaria 1/2023, del vigente Presupuesto General y de la memoria redactada por Alcadía, del tenor literal siguiente:
MEMORIA DE ALCALDÍA
1.º MODALIDAD
Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente (Ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico -PROGRAMA DUS 5000-, en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de recuperación, Transformación y Resilencia), concedidas con fecha 10 de mayo de 2023 (Medida 02: Instalaciones de generación eléctrica renovable para autoconsumo - Inversión total 65.703. Ayuda concedida 48.874,32) y con fecha 16 de junio de 2023 (Medida 04: Lucha contra la contaminación lumínica, alumbrado eficiente e inteligente Smart Rural y TIC - Inversión total: 67.766,05. Ayuda concedida 57.601,14) por parte de Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE), para los que no existe crédito en el vigente Presupuesto de la Corporación, y dado que el Ayuntamiento dispone de remanente líquido de Tesorería, se hace precisa la modificación de créditos de dicho Presupuesto bajo la modalidad de crédito extraordinario.
El expediente de modificación de créditos n.º 1/2023 del vigente Presupuesto municipal adopta la modalidad de crédito extraordinario financiado con remanente de Tesoreria, de acuerdo con el siguiente detalle:
Altas en aplicaciones de Gastos
Aplicación presupuestaria | N.º | Descripción | Euros |
---|---|---|---|
920-61901 | Otras INVERSIONES (Instalación de generación elecéctrica renovable ) | 65.703,00 | |
920-61902 | Otras INVERSIONES (Alumbrado público eficiente) | 67.766,05 | |
TOTAL: | 133.469,05 |
2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Alta en concepto de Ingresos
Concepto | N.º | Descripción | Euros |
87000 | REMANENTE TESORERIA GASTOS GENERALES | 133.469,05 | |
TOTAL INGRESOS: | 133.469,05 |
3.º JUSTIFICACIÓN
[En este apartado deben acreditarse los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica].
Se trata de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente puesto que las partidas presupuestarias no tiene crédito suficiente (Ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico -PROGRAMA DUS 5000-, en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de recuperación, Transformación y Resilencia), concedidas con fecha 10 de mayo de 2023 (Medida 02: Instalaciones de generación eléctrica renovable para autoconsumo - Inversión total 65.703. Ayuda concedida 48.874,32) y con fecha 16 de junio de 2023 (Medida 04: Lucha contra la contaminación lumínica, alumbrado eficiente e inteligente Smart Rural y TIC - Inversión total: 67.766,05. Ayuda concedida 57.601,14) por parte de Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE), para los que no existe crédito en el vigente Presupuesto de la Corporación, y dado que el Ayuntamiento dispone de remanente líquido de Tesorería, se hace precisa la modificación de créditos de dicho
Presupuesto bajo la modalidad de crédito extraordinario.
En El Royo a 13 de julio de 2023
El Alcalde,
Fdo.: José Raúl Gómez Lamuedra
Los señores Concejales enterados del asunto, por unanimidad, acuerdan proceder a la aprobación de la Modificación Presupuestaria nº 1/2023 del vigente Presupuesto Municipal y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Soria" El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los señores asistentes, acuerda ratificar en su integridad el Dictamen, arriba transcrito.
IV. SOLICITUD SUBVENCIÓN PARA OBRAS DE CONSERVACIÓN Y MEJORA DE CAMINOS Y VÍAS VERDES. APROBACIÓN MEMORIA TÉCNICA REDACTADA POR EL INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS D. ÁNGEL MILLÁN DE MIGUEL.-Se da cuenta a los reunidos del Dictamen emitido por la Comisión de Urbanismo y Obras en su reunión de fecha 27 de julio de 2023:
"Vista la Convocatoria de Ayudas a Entidades Locales de la Provincia de Soria para la realización de obras de conservación y mejora de caminos y vías verdes de las Entidades Locales, publicada en el BOP de Soria nº 65 de 9 de junio de 2023. Los señores Concejales, acuerdan:
PRIMERO: Proceder a la aprobación de la memoria valorada denominada "Acondicionamiento Camino de los Panaderos en Vilviestre de los Nabos", por una importe de 20.000,00 euros, redactada por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos D. Ángel Millán de Miguel.
SEGUNDO.- Solicitar de la Diputación Provincial de Soria, la inclusión de esta Entidad Local en la Convocatoria para la realización de la obra “Acondicionamiento Camino de los Panaderos en Vilviestre de los Nabos ”, por un importe de 20.000,00 euros solicitando la subvención del 50%, publicada en el BOP de Soria nº 65 de fecha 9 de junio de 2023.
TERCERO.- Esta Entidad local se compromete a aportar el 50% del importe de las obras “Acondicionamiento Camino de los Panaderos en Vilviestre de los Nabos“
CUARTO.- Que el camino, arriba indicado, es de titularidad municipal y por tanto este Ayuntamiento cuenta con la disponibilidad de los terrenos para la realización de las obras, caso de concederse la subvención solicitada.
QUINTO.- Esta Entidad Local no ha obtenido ni solicitada ninguna otra subvención o ayuda para la misma finalidad."
El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los señores asistentes, acuerda ratificar en su integridad el Dictamen, arriba transcrito.
V.- APROBACIÓN PLAN ANTIFRAUDE AYUNTAMIENTO DE EL ROYO EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILENCIA. A la vista de que, en el ámbito de la ejecución de las medidas contenidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiadas con fondos del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR), es necesario adaptar los procedimientos de gestión y el modelo de control de las entidades participantes, conforme a la disposición del Ministerio de Hacienda y Función Pública, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
La citada orden en su artículo 6 impone la obligación a toda entidad, decisoria o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR de disponer de un «Plan de medidas antifraude».
Considerando que este Ayuntamiento ha sido designado Entidad Ejecutora a nivel de Subproyecto por resoluciones del Instituto para la
Diversificación y Ahorro de Energía de fecha 10 de mayo de 2023 (Expte.: PR-D5000-2022-004075) y de fecha 16 de mayo de 2023 (Expte.: PRD5000-2022-004074) dentro del Programa DUS 5000: ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energia limpia en municipios de reto demográfico, en el marco del Programa de Regeneración y Reto demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia.
A la vista del acta del Comité antifraude de fecha 14 de julio de 2023 y de las competencias atribuidas a la Alcaldía y recogidas en los artículos 21.1 a), d), y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pero considerando la conveniencia de someter este asunto a la aprobación del Pleno por contener una declaración institucional, que se entiende que excede del ámbito de actuación del Alcalde, el Pleno del Ayuntamiento por unanimidad de los señores asistentes ACUERDA:
PRIMERO. Aprobar el Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de El Royo - Soria-.
SEGUNDO. Publicar el texto íntegro del Plan en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https:// www.el royo.es ] a efectos de su general conocimiento.
TERCERO. Aprobar el modelo de declaración de ausencia de intereses (DACI), elaborado por el Comité Antifraude del Ayuntamiento, e incorporado como anexo a esta resolución que deberán cumplimentar los empleados públicos que realizan tareas de gestión, control y pago, así como otros agentes en los que se han delegado alguna/s de esta/s función/es; igualmente deben cumplimentarlo los beneficiarios privados, socios, contratistas y subcontratistas, cuyas actuaciones sean financiadas con fondos del MRR, que puedan actuar en favor de sus propios intereses, pero en contra de los intereses financieros de la UE, en el marco de un conflicto de intereses.
CUARTO. Aprobar la siguiente declaración pública sobre aplicación de medidas antifraude por parte del Ayuntamiento de El Royo, que se publicará en la página web del Ayuntamiento de El Royo.
"DECLARACION INSTITUCIONAL EN MATERIA ANTIFRAUDE"
El Ayuntamiento de El Royo -Soria- por la presente declara una política de tolerancia cero con el fraude y la corrupción y establecerá un sistema de control diseñado especialmente para prevenir y detectar, en la medida de lo posible, cualquier acción fraudulenta, corregir su impacto y subsanar sus consecuencias, en caso de producirse.
La política antifraude en la gestión de los Fondos europeos de recuperación Next Generation EU en el marco del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR), establecido a través del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, cuya finalidad es apoyar la inversión y las reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible y que este Ayuntamiento adopta como referencia fundamental de trabajo. Esta política y todos los procedimientos y estrategias pertinentes, en tanto reproducen básicamente la declaración institucional efectuada por Dirección General de Fondos Comunitarios en materia antifraude, así como la declaración suscrita por la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, cuentan con el apoyo del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, creado por Real Decreto 802/2014, de 19 de septiembre (BOE 234, de 26 de septiembre de 2014), con el que revisa y actualiza esta política de forma continua.
El Ayuntamiento de El Royo, se compromete a revisar y actualizar periódicamente la política antifraude, así como a seguir sus resultados. Para ello contará con la colaboración de los diferentes responsables y gestores que aseguren la existencia de un adecuado sistema de control interno dentro de sus respectivas áreas de responsabilidad; y garantiza, en su caso, la debida diligencia en la implementación de medidas correctoras. Este ha puesto en marcha medidas eficaces y proporcionadas de lucha contra el fraude, basadas en la reciente evaluación del riesgo de fraude realizada al efecto. Adicionalmente, cuenta con procedimientos para denunciar aquellas irregularidades o sospechas de fraude que pudieran detectarse. Todos los informes se tratarán en la más estricta confidencialidad y de acuerdo con las normas que regulan esta materia.
El Ayuntamiento de El Royo -Soria- incorpora el “Código ético de los empleados públicos” formado por lo descrito en los artículos 52 a 54 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; que guiará las actuaciones de los empleados que componen la Unidad de Gestión de esta Entidad.
En definitiva, el Ayuntamiento de El Royo -Soria- reafirma que tiene una política de tolerancia cero frente al fraude y la corrupción, y ha establecido un sistema de control robusto, diseñado especialmente para prevenir y detectar, en la medida de lo posible, los actos de fraude y corregir su impacto, en caso de producirse. Esta política y todos los procedimientos y estrategias pertinentes cuentan con el apoyo del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, creado por Real Decreto 802/2014, de 19 de septiembre, con el que revisa y actualiza esta política de forma continua.
La presente declaración está respaldada igualmente por el Comité Antifraude del Ayuntamiento de El Royo -Soria-, y a propuesta del mismo, se firma el presente y entendiendo la prevención como una herramienta básica en la lucha contra el fraude, se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude del Ayuntamiento de El Royo -Soria- al igual que promover en el seno de las unidades de trabajo una conciencia colectiva consciente de los daños que provoca el fraude y de la decidida voluntad de la institución para evitarlo. En esta línea, se ordena que la presente declaración institucional se haga pública en la web municipal, así como en todas las plataformas y redes sociales en las que participe este Ayuntamiento y sea comunicada a todo el personal municipal.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
ANEXO
DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES (DACI)
Para el Comité Antifraude
ENVIARLO PARA LA FIRMA A TITULARES Y SUPLENTES.
UNA VEZ FIRMADO MANDAR POR CORREO ELECTRÓNICO A DIPUTACIÓN PARA GUARDAR UNA COPIA AQUÍ
Expediente Nº /2023
Aprobación Plan Medidas Antifraude
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de arriba referenciado, el/los abajo firmante/s, como participante/s en el proceso de preparación y tramitación del expediente, declara/declaran:
Primero. Estar informado/s de lo siguiente:
1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE), establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal.»
2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores.
3. Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente», siendo éstas:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar».
Segundo. Que no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses de las indicadas en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE y que no concurre en su/s persona/s ninguna causa de abstención del artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que pueda afectar al procedimiento de licitación/concesión.
Tercero. Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación/órgano de firma del convenio, sin dilación, cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé o pudiera dar lugar a dicho escenario.
Cuarto. Conozco que, una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias, administrativas y/o judiciales que establezca la normativa de aplicación.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
VI.- CONVOCATORIA SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS PROMOVIDOS POR ENTIDADES LOCALES PARA LA INNOVACIÓN TERRITORIAL Y LA REACTIVACIÓN DE LA ACTIVIDAD SOCIOECONÓMICA Y LA LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN, DURANTE EL EJERCICIO 2023.-Por el Sr. Alcalde-Presidente se da cuenta a los reunidos del contenido de la convocatoria, arriba referenciada. Es una subvención convocada por la Secretaría General para el reto Demográfico. Se tratar de fomentar la creación de estructuras y redes de ámbito local, que fomenten las iniciativas endógenas y pongan en valor su capacidad transformadora, mediante la integración de los recursos públicos locales y del movimiento asociativo. está orientada a la contratación de obras y servicios, la mayor parte para personal.
El importe de las subvenciones concedidas no podrá ser inferior a 10.000,00 euros ni superar el importe de 500.000,00 euros.
Cada entidad podrá presentar un único proyecto, con las actuaciones a realizar en el año. Las ayudas concedidas no pueden superar el 90% del total del gasto subvencionable.
A la vista de lo anterior, los señores Concejales, por unanimidad, acuerdan:
PRIMERO.- Aprobar la solicitud de subvención para la financiación de proyectos para la innovación territorial y la reactivación de la actividad socioeconómica y la lucha contra la despoblación, durante el ejercicio 2023, para el proyecto que se redacta por parte de Espacios Castellanos de Innovación SLU y este Ayuntamiento.
SEGUNDO.- Declarar que esta Entidad Local no ha recibido ni solicitado otras ayudas para el mismo fin, tanto de carácter público como privado.
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma y gestiones resulten necesarias para la tramitación de este acuerdo.
VII.- COMUNICACIONES DE ALCALDÍA.-
-Suertes de leña temporada 2023-2024: se deben adelantar los plazos para el reparto de las suertes de leña a domicilio. El día 3 de septiembre se tiene que saber el número de solicitantes de leña y para ello se hablará con lo encabezados y alcaldes de barrio para adelantar los plazos. La Guardería Forestal debe conocer el número de suertes que tienen que marcar a principios de octubre, para que surjan problemas como en años pasados.
-Agradecimientos: Voluntarios VI Festival de ciclismo Challenge Comunidad Cintora.
A los voluntarios de Hinojosa por la siega de la zona de baño. A Felipe Amezua por su ayuda en la pintura del museo de las marionetas y el kiosco y a los voluntarios de Langosto por su colaboración en la colocación de la mesa de piedra.
-En estos días se están publicando las actividades organizadas por el Ayuntamiento para la época estival y hay que convocar a los voluntarios para la organización de las Jornadas de los Indianos.
Y sin más asuntos que tratar y siendo las veinte horas y cincuenta minutos, por el Sr.. Alcalde-Presidente es levantada la sesión y de ella la presente que, como Secretario. CERTIFICO.
VºBº
EL ALCALDE EL SECRETARIO
Fdo.: José Raúl Gómez Lamuedra